Personas relevadas de presentar aviso
de cambio al RIF
I.2.5.7. Para efectos de los artículos 27 del CFF, 25, fracción VII y 26,
fracción V, incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes que de
acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013, tributaban sólo en
el régimen de pequeños contribuyentes, están relevados de cumplir con la
obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y
obligaciones fiscales para ubicarse en el RIF a que se refiere el artículo 111
de la Ley del ISR, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en
la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de
2013.
CFF
27, 26, LISR 111, RCFF 25
Personas
relevadas de presentar aviso de cambio al Régimen de Actividades Empresariales
y Profesionales
I.2.5.8. Para
los efectos de los artículos 27 del CFF, 25, fracción VII y 26, fracción V,
incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes que de acuerdo a la
Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013, además del Régimen de Pequeños
Contribuyentes tuvieran otro régimen fiscal vigente, están relevados de cumplir
con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades
económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen de Actividades
Empresariales y Profesionales a que se refiere el artículo 100 de la Ley del
ISR, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información
existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2013.
Lo establecido en el
párrafo anterior, aplicará también para los contribuyentes que al 31 de
diciembre de 2013, tuvieran vigente el Régimen Intermedio de las Personas
Físicas con Actividades Empresariales.
No obstante lo
anterior, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de
2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se
actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley
del ISR, podrán optar a más tardar el 31 de enero de 2014, por tributar en la
Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, siempre que
presenten el aviso de actualización de actividades a través de la página de
Internet del SAT, en la aplicación “Mi portal”.
CFF
27 RCFF 25, 26
Estoy a sus ordenes en alex@alvadidemexico.com.mx
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