viernes, 25 de marzo de 2016

Declaración Anual de Personas Morales





En el artículo 9 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta nos dice que las Personas Morales deberán calcular el Impuesto Sobre la Renta, aplicando al Resultado Fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30% .

El impuesto del Ejercicio se pagará mediante Declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.

Nos ponemos a sus ordenes en apoyarlo a presentar y elaborar  su Declaración Anual, contactenos en www.alvadidemexico.com.mx o en alex@alvadidemexico.com.mx