viernes, 28 de agosto de 2026

SERVICIOS DE CONSULTORIA EN UN DESPACHO CONTABLES

 Un despacho contable ofrece diversos tipos de Consultoria orientados a la salud financiera, fiscal y operativa de empresas e individuos. Las principales son:

1. Consultoría fiscal y tributaria:

- Planeación Fiscal estratégica para optimizar la carga tributaria legalmente.

- Asesoría en cumplimiento de obligaciones fiscales

- Representación ante autoridades fiscales

- Análisis de tratados para evitar la doble tributación.

- Consultoría en reestructuras corporativas con impacto fiscal.


2. Consultoria Financiera:

- Análisis de Estados Financieros y diagnóstico de la situación económica

- Elaboración de Presupuestos y Proyecciones Financieras.

- Evaluación de viabilidad de proyectos de inversión

- Asesoría en obtención de financiamiento y gestión de flujo de efectivo

- Valuación de Empresas


3.  Consultoría Contable y de Cumplimiento normativo:

- Implementación o mejora de sistemas de contabilidad

- Aplicación de Normas de Información Financiera (NIF, NIIF/IFRS, US GAAP).

- Reconciliaciones bancarias y Conciliaciones fiscales.

- Asesoría en la preparación de estados financieros bajo diferentes estándares.

- Consultoría en Controles Internos.


4. Consultoría Empresarial y de Negocios:

- Constitución y disolución de sociedades

- Asesoría en fusiones, adquisiciones y escisiones.

- Restructuración Organizacional

- Diagnóstico de procesos administrativos y operativos.

- Planeación Estratégica y de Crecimiento.


5. Consultoria en nómina y recursos humanos.

- Cálculo y Administración de Nómina.

- Cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.

- Asesoría en contratación y relaciones laborales.


6. Consultoría Especializada:

- Auditoría Interna y revisión de procesos.

- Forense contable e investigación de fraudes

- Consultoría en sistemas ERP y automatización contable.

- Asesoría a empresas en etapa de startup o internacionalización.


En resumen un despacho contable no solo "lleva los números" sino que actúa como asesor estratégico para que sus clientes tomen decisiones informadas, cumplan con la Ley y mejoren con sus procesos.


Quedamos a sus ordenes en alex@contadorespublicosyasociados.com o en Whatsapp 55 3048 4321

jueves, 27 de agosto de 2026

CUAL ES LA IMPORTANCIA DE LA ASESORIA FISCAL EN LA EMPRESA

 La asesoría Fiscal es un función estratégica para cualquier empresa, independientemente de su tamaño. Su importancia radica en varios pilares fundamentales:

1. Cumplimiento Legal y Evitación de Sanciones:

- Garantiza que la Empresa cumpla con todas las obligaciones tributarias.

- Evita multas, recargos, embargos e incluso responsabilidad penal por evasión u omisión.


2. Optimización de la Carga Fiscal:

- Identifica deducciones, excensiones, créditos fiscales y regimenes preferenciales aplicables.

- Permite una planificación fiscal proactiva que reduce legalmente los impuestos a pagar, mejorando la rentabilidad.


3. Toma de Decisiones estratégicas:

- Proporciona información financiera y fiscal clave para decisiones de inversión expansión, fusiones o reestructuraciones.

- Ayuda a evaluar el impacto fiscal de cada operación antes de ejecutarla.


4. Prevención de Riesgos y auditorías:

- Mantiene la Contabilidad y documentación en orden, reduciendo la probabilidad de auditorias desfavorables.

- En caso de auditoria, una asesoria sólida permite defender la posición de la empresa ante las autoridades.


5. Ahorro de Tiempo y Recursos

- Libera a los Directivos para enfocarse en el negocio principal, delegando la complejidad tributaria a especialistas.

- Reduce costos operativos asociados a errores fiscales o procesos ineficientes.


6. Adaptación a cambios normativos:

- Las Leyes fiscales cambian constantemente. Un asesor fiscal actualizado asegura que la empresa se adapte sin contratiempos.


7. Credibilidad ante terceros:

- Inversores, bancos y socios comerciales valoran una empresa con finanzas transparentes y cumplimiento fiscal sólido


Cualquier duda o comentario estamos a sus ordenes em alvadidemexico@gmail.com o en whatsapp 5530484321 

miércoles, 26 de agosto de 2026

Actividad Vulnerable Prestación de Servicios Profesionales

 Se consideran Actividades Vulnerables la prestación de servicios profesionales, de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente respectivo, en aquellos casos en los que se prepare para un cliente o se lleven a cabo en nombre y representación del cliente cualquiera de las siguientes operaciones:

Prestación de Servicios Profesionales, de manera independiente sin que medie relación laboral con el cliente, respecto de cualquiera de las siguientes operaciones:

a) La compra venta de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos.

b) La administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes.

c) El manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores.

e) La organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de de recursos para la Constitución operación y administración de sociedades mercantiles.

f) La Constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles.

Se entiende que se realiza una operación financiera cuando se lleve a cabo un acto o conjunto de actos a través de una Entidad Financiera o utilizando instrumentos financieros, monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y metales preciosos, de manera directa o mediante la instrucción de sus clientes o usuarios. 

Por lo que refiere al inciso b) de la fracción XI del artículo 17 de la Ley, se consideran valores a los metales amonedados, así como a los títulos de crédito regulados por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y a los señalados en el artículo 2, fracción XXIV, de la Ley del Mercado de Valores, aun cuando estos no sean susceptibles de circular en los mercados de valores. 

Respecto al inciso c) de la fracción XI del artículo 17 de la ley, se consideran valores aquellos definidos en el artículo 2, fracción XXIV, de la Ley del Mercado de Valores, aun cuando estos no sean susceptibles de circular en los mercados de valores. 

También se considerará que realizan la Actividad Vulnerable antes descrita, quienes actúan por medio de fideicomisos o cualquier otra figura jurídica. 

Quienes realicen esta Actividad Vulnerable, tienen obligaciones conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), su Reglamento y las Reglas de Carácter General, entre ellas:

lunes, 24 de agosto de 2026

GUIA ESCENCIAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE TUS ACTIVIDADES VULNERABLES


Ley Anti Lavado de Dinero

 ¡Hola¡ Sé lo importante que es para tu negocio mantener todo en regla y evitar complicaciones innecesarias con la nórmatividad vigente.

Por eso, he preparado un documento práctico de 11 páginas que resume los puntos criticos que deben cumplir tus "Actividades Vulnerables". Es una guía directa sin rodeos, diseñada para que sepas exactamente qué hacer.

¿Qué incluye esta guía?

- Los pilares fundamentales para estar al dia 

- Checllist de cumplimiento básico

Detalles de la Oferta:

Inversión: 100.00 (Cien pesos 00/100 M.N.)

Entrega: Te lo enviamos de forma inmediata en formato PDF directamente a tu correo electrónico o vía WhatsApp, para que lo tengas a la mano siempre que lo necesites.

¡Te gustaría obtener tu copia? quedo a tus ordenes en el whatsApp 5530484321 te mando la información bancaria me mandas el comprobante y te envio inmediatamente el documento


lunes, 17 de agosto de 2026

Contadores Públicos y Asociados

 Somos un Despacho Contable, Administrativo y Fiscal que Transformamos el Caos Administrativo en Claridad Financiera. No solo presentamos impuestos; diseñamos la estrategia contable que te permite tomar decisiones inteligentes para gacer crecer tu negocio sin preocupaciones.

Contacto: solo Whattsap 5530484321


miércoles, 18 de febrero de 2026

Facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2026.

 El dia 17 de Febrero de 2026 en el Diario Oficial de la Federación se publico las Facilidades Administrativas para los Contribuyentes de los siguientes sectores:

Título 1.       Sector Primario.
Título 2.       Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.
Título 3.       Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.

Título 4.       Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.


Cualquier duda estamos a sus ordenes en mail: alex@contadorespublicosyasociados.com Whattssap 

martes, 17 de febrero de 2026

Nuevas facultades del sat en materia del rfc con fundamento legal

 Para 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha ampliado sus facultades de fiscalización y control sobre el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), enfocándose en la detección de empresas fachada y la validación de identidad.

Aquí tienes el desglose de las facultades con su respectivo sustento legal:

1. Facultad de Negar la Inscripción a Personas Morales

El SAT puede rechazar la solicitud de inscripción de una nueva empresa si detecta que sus socios, accionistas o representantes legales tienen una situación fiscal irregular en otras sociedades.

Fundamento: Artículo 27, apartado B, fracción XIV del CFF.

Alcance: Si el representante o algún socio está vinculado a una empresa listada como "facturera" (EFO) o tiene créditos fiscales firmes sin corregir, la autoridad negará el RFC.

2. Verificación Documental con Fedatarios Públicos

La autoridad ahora puede exigir a los notarios y corredores públicos que confirmen la autenticidad de los documentos utilizados en trámites ante el RFC.

Fundamento: Reformas al CFF para 2026

Objetivo: Garantizar la certeza jurídica de las actas constitutivas y poderes notariales presentados para evitar registros de "empresas fantasma".

3. Uso de Herramientas Tecnológicas en Visitas de Domicilio

Para verificar que el domicilio fiscal sea real y cuente con la infraestructura necesaria, el SAT podrá documentar sus visitas con material audiovisual.

Fundamento: Artículo 42-A del CFF y el Plan Maestro de Fiscalización 2026.

Detalle: Los visitadores están facultados para capturar fotos y videos que sirvan como evidencia de que el contribuyente efectivamente opera en el lugar registrado.

4. Suspensión Inmediata del Certificado de Sello Digital (CSD)

Si la autoridad detecta durante sus facultades de comprobación que los datos del RFC son falsos o el contribuyente no es localizado, puede inhabilitar la facturación de forma inmediata.

Fundamento: Artículo 17-H Bis del CFF.

Efecto: El contribuyente tiene un plazo máximo de 24 días hábiles para desvirtuar la irregularidad antes de que la suspensión sea definitiva.

5. Validación de Identidad para e.firma

El SAT se consolida como la autoridad única facultada para validar la identidad biométrica y documental de los contribuyentes en la creación de firmas electrónicas.

Fundamento: Modificaciones procedimentales del CFF 2026.

Cambio: Refuerza los protocolos de enrolamiento para asegurar que la llave pública de la e.firma corresponda fehacientemente al titular registrado.

Para detalles operativos específicos, puedes consultar la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 - SAT.

Cualquier duda quedo a tus ordenes en alex@contadorespublicosyasociados.com o rn Whattssap 5530-4843-21 o en https://contadorespublicosalvarezyalvarez.com/alvarez-y-alvarez-contadores-p-blicos