Se consideran Actividades Vulnerables la prestación de servicios profesionales, de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente respectivo, en aquellos casos en los que se prepare para un cliente o se lleven a cabo en nombre y representación del cliente cualquiera de las siguientes operaciones:
Prestación de Servicios Profesionales, de manera independiente sin que medie relación laboral con el cliente, respecto de cualquiera de las siguientes operaciones:
a) La compra venta de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos.
b) La administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes.
c) El manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores.
e) La organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de de recursos para la Constitución operación y administración de sociedades mercantiles.
f) La Constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles.
Se entiende que se realiza una operación financiera cuando se lleve a cabo un acto o conjunto de actos a través de una Entidad Financiera o utilizando instrumentos financieros, monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y metales preciosos, de manera directa o mediante la instrucción de sus clientes o usuarios.
Por lo que refiere al inciso b) de la fracción XI del artículo 17 de la Ley, se consideran valores a los metales amonedados, así como a los títulos de crédito regulados por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y a los señalados en el artículo 2, fracción XXIV, de la Ley del Mercado de Valores, aun cuando estos no sean susceptibles de circular en los mercados de valores.
Respecto al inciso c) de la fracción XI del artículo 17 de la ley, se consideran valores aquellos definidos en el artículo 2, fracción XXIV, de la Ley del Mercado de Valores, aun cuando estos no sean susceptibles de circular en los mercados de valores.
También se considerará que realizan la Actividad Vulnerable antes descrita, quienes actúan por medio de fideicomisos o cualquier otra figura jurídica.
Quienes realicen esta Actividad Vulnerable, tienen obligaciones conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), su Reglamento y las Reglas de Carácter General, entre ellas: