martes, 17 de marzo de 2015

Deducciones Personales para las Personas Físicas

DEDUCCIONES PERSONALES

Se limita el monto máximo de las deducciones personales realizadas por una persona física al año a
la cantidad que resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área
geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluidos
los exentos. Esta limitante no es aplicable tratándose de los donativos otorgados a personas
 autorizadas.

Medios de pago de las deducciones personales. 

En el caso de los pagos por honorarios médicos y dentales, los gastos hospitalarios, así
como los gastos destinados a la transportación escolar de los descendientes en línea recta
cuando ésta sea obligatoria, se establece como requisito para poder deducirlos que los pagos
se realicen con cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos,
o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

Deducción de créditos hipotecarios para casa habitación

Para que poder deducir los intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a la
adquisición de casa habitación, se reduce el monto total máximo de los créditos otorgados
para la adquisición de dicho inmueble a setecientas cincuenta mil unidades de inversión.

Donativos

Se establece como porcentaje máximo de deducción por concpeto de donativos otorgados a
favor de la Federación, entidades Federativas, Municipios u organismos descentralizados, el 4%
del total de utilidad fiscal  de sus ingresos acumulables obtenidos por las personas físicas en el
ejercicio anterior.

Cualquier duda o comentario estoy a sus ordenes en www.alvadidemexico.com.mx


No hay comentarios:

Publicar un comentario