Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, se dan a conocer en el Anexo 1-A, las fichas de trámites fiscales. Dichas fichas, salvo señalamiento expreso, no eximen del cumplimiento de los requisitos señalados en las disposiciones fiscales aplicables.
Cuando en el Portal del Sat o en la página de Internet de la Secretaría se establezcan a favor de los contribuyentes, requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún tramite, podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, lo dispuesto en dicho portal y página para el tramite que corresponda.
Asimismo, el Sat dará a conocer en su portal de forma anticipada y únicamente con fines informativos reglas de carácter general que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Los beneficios contenidos en dichas reglas, serán aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del Sat, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos,
Cualquier duda o comentario estoy a sus ordenes en alex@alvadidemexico.com.mx
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