Los Estados Financieros de una entidad deben de proveer elementos de Juicio que pueden ser:
La Solvencia o Estabilidad Financiera sirve al usuario para examinar la estructura de Capital Contable de la Entidad en términos de la mezcla de sus recursos financieros y la habilidad de la entidad para satisfacer sus compromisos a largo plazo y sus obligaciones de inversión.
La Liquidez sirve al usuario para evaluar la suficiencia de los recursos de la entidad para satisfacer sus compromisos de efectivo en el corto plazo.
La eficiencia operativa sirve al usuario general para evaluar los niveles de producción o rendimiento de recursos a ser generados por los activos utilizados por la entidad.
El riesgo financiero sirve al usuario para evaluar la posibilidad de que ocurra algún evento en el futuro que cambie las circunstancias actuales o esperadas, que han servido de fundamento en la cuantificación en términos monetarios de activos y de pasivos o en la valuación de sus estimaciones y que, de ocurrir dicho evento, puede originar una pérdida o, en su caso, una utilidad atribuible a cambios en el valor del activo o del pasivo, y por ende, cambios en los efectos económicos que le son relativos.
La rentabilidad sirve al usuario general para valorar la utilidad neta o los cambios de los activos netos de la entidad, en relación con sus ingresos, su capital contable o patrimonio contable y sus propios activos.
Por medio de esta información y de otros elementos de juicio que sean necesarios, el usuario general de la información financiera podrá evaluar las perspectivas de la entidad y tomar decisiones de carácter económico sobre la misma.
En síntesis los Estados Financieros deben proporcionar información de una entidad sobre:
a) Su situación financiera que se conforma por:
- Los recursos económicos que controla,
- La estructura de sus fuentes de financiamiento.
b) Su actividad operativa:
c) Su Flujo de Efectivo ó en su caso los cambios en su situación financiera
d) Sus revelaciones sobre póliticas contables, entorno y viabilidad como negocio en marcha.
cualquier duda o comentario estoy a sus ordenes en alex@alvadidemexico.com.mx
domingo, 4 de octubre de 2015
sábado, 3 de octubre de 2015
Objetivo de los Estados Financieros
En base a la Nif A-3 nos habla sobre los objetivos de los Estados Financieros de una Entidad(Persona Física, Persona Moral) y nos dice que el objetivo esencial ser de utilidad al usuario general en la toma de sus decisiones económicas.
Los Estados Financieros son un medio útil para la toma de decisiones económicas en el análisis de alternativas para optimizar el uso adecuado de los recursos de la entidad.
Por ello: los Estados Financieros deben proporcionar elementos de juicio confiables que permitan al usuario general evaluar:
a) El comportamiento económico financiero de la entidad, su estabilidad y vulnerabilidad, así como su efectividad en el cumplimiento de sus objetivos.
b) La capacidad de la Entidad para mantener y optimizar sus recursos, obtener financiamientos adecuados, retribuir a sus fuentes de financiamiento y, en consecuencia, determinar la viabilidad de la entidad como negocio en marcha.
Esta doble evaluación se apoya especialmente en la posibilidad de obtener recursos y de generar liquidez y requiere el conocimiento de la situación financiera de la entidad, de su actividad operativa y de sus cambios en el capital contable o patrimonio contable y en los flujos de efectivo o, en su caso, en los cambios en la situación financiera.
Por consiguiente, considerando las necesidades comunes del usuario general, los estados financieros deben serle útiles para:
1.- Tomar decisiones de inversión o asignación de recursos a las entidades. El grupo de Inversionistas o patrocinadores esta interesado en evaluar la capacidad de crecimiento y estabilidad de la entidad y su rentabilidad, con el fin de asegurar su inversión obtener un rendimiento y recuperar la inversión o, en su caso proporcionar servicios y lograr sus fines sociales.
2.- Tomar decisiones de otorgar créditos por parte de los proveedores y acreedores que esperan una retribución justa por la asignación de recursos o créditos. Su interés se ubica en la evaluación de la solvencia y liquidez de la entidad, su grado de endeudamiento y la capacidad de generar flujos de efectivo suficientes para cubrir los intereses y recuperar sus inversiones o crédito.
3.- Evaluar la capacidad de la entidad para generar recursos o ingresos por sus actividades operativas.
4.- Distinguir el Origen y las características de los recursos financieros de la entidad, así como el rendimiento de los mismos. Todos están interesados en conocer de qué recursos financieros dispone la entidad para llevar a cabo sus fines, cómo los obtuvo, cómo los aplicó y finalmente, qué rendimiento ha tenido y puede esperar de ellos.
5.- Formarse un juicio de cómo se ha manejado la entidad y evaluar la gestión de la administración, a través de un diagnóstico integral que permita conocer la rentabilidad, solvencia y capacidad de crecimiento de la entidad para formarse un juicio de cómo y en qué medida ha venido cumpliendo sus objetivos.
6.- Conocer de la entidad, entre otras cosas, su capacidad de crecimiento, la generación y aplicación del flujo de efectivo, su productividad, los cambios en sus recursos y en sus obligaciones, el desempeño de la administración, su capacidad para mantener el capital contable o patrimonio contable, el potencial para continuar operando en condiciones normales, la facultad para cumplir su responsabilidad social a un nivel satisfactorio.
Por consiguiente,en especial se aduce que los estados financieros de una entidad satisfacen al usuario general, si éstos proveen elementos de juicio, entre otros aspectos, respecto a su nivel o grado de:
a) Solvencia (Estabilidad Financiera)
b) Liquidez
c) Eficiencia Operativa
d) Riesgo Financiero
e) Rentabilidad
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jueves, 1 de octubre de 2015
Información Financiera que debe proporcionar una Empresa
De acuerdo con el apéndice B de la NIF A-3 nos indica que una entidad debe dar la siguiente información:
ESTADOS FINANCIEROS:
- Estados Financieros Básicos
- Notas a los mismos; por ejemplo:
- Políticas Contables
- Métodos de Valuación
- Conciliaciones
- Contingencias
- Número de Acciones, en el caso de entidades lucrativas
INFORMACIÓN FINANCIERA COMPLEMENTARIA:
Ejemplos:
- Discusión y análisis de la administración
- Análisis de Reservas para la Generación de Ingresos por Realizar.
- Informes de la Gerencia y del Consejo de Administración a los accionistas.
OTRA INFORMACIÓN FINANCIERA:
Ejemplos:
- Informes y Discusión de analistas sobre la competencia en precios, productos o reservas para la
generación de Ingresos por realizar
- Estadísticas económicas del sector y macro.
- Publicaciones financieras sobre la Compañía
OTRA INFORMACIÓN NO FINANCIERA:
- Informes sobre la atención a programas sociales
- Estadísticas históricas sobre empleados, programas, etc.
- Publicaciones no financieras sobre la compañía
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ESTADOS FINANCIEROS:
- Estados Financieros Básicos
- Notas a los mismos; por ejemplo:
- Políticas Contables
- Métodos de Valuación
- Conciliaciones
- Contingencias
- Número de Acciones, en el caso de entidades lucrativas
INFORMACIÓN FINANCIERA COMPLEMENTARIA:
Ejemplos:
- Discusión y análisis de la administración
- Análisis de Reservas para la Generación de Ingresos por Realizar.
- Informes de la Gerencia y del Consejo de Administración a los accionistas.
OTRA INFORMACIÓN FINANCIERA:
Ejemplos:
- Informes y Discusión de analistas sobre la competencia en precios, productos o reservas para la
generación de Ingresos por realizar
- Estadísticas económicas del sector y macro.
- Publicaciones financieras sobre la Compañía
OTRA INFORMACIÓN NO FINANCIERA:
- Informes sobre la atención a programas sociales
- Estadísticas históricas sobre empleados, programas, etc.
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martes, 15 de septiembre de 2015
Soluciones Contables, Fiscales y Administrativos
Si tienes problemas Contables, Fiscales o Administrativos no te preocupes más, Nosotros somos tú solución expertos en Contabilidad, en Asesoría Fiscal y Administrativa
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domingo, 13 de septiembre de 2015
Obligaciones del Patrón en una Relación de Trabajo
En el artículo 804 de la Ley Federal de trabajo nos indica lo siguiente:
El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que a continuación se precisan:
I.- Contratos Individuales de Trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo o contrato Ley aplicable.
II.- Listas de Raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo, o recibos de pagos de salarios.
III.- Controles de asistencia cuando se lleven en el centro de trabajo.
IV.- Comprobantes de pago de participación de utilidades, de vacaciones y de aguinaldos, así como las primas a que se refiere esta Ley, y pagos, aportaciones y cuotas de seguridad social.
V.- Los demás que señalen las Leyes.
Los documentos señalados en la fracción I, deberán conservarse mientras dure la relación laboral y hasta un año después, los señalados en las fracciones II, III y IV durante el último año y un año después de que se extinga la relación laboral y los mencionados en la fracción V conforme lo señalen las Leyes que los rijan. (de acuerdo a la Ley Federal de Trabajo)
Artículo 805.- El incumplimiento a lo dispuesto por el artículo anterior, establecerá la presunción de ser ciertos los hechos que el actor exprese en su demanda, en relación con tales documentos salvo la prueba en contrario.
Cualquier aclaración o duda estoy a sus ordenes en alex@alvadidemexico.com.mx
El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que a continuación se precisan:
I.- Contratos Individuales de Trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo o contrato Ley aplicable.
II.- Listas de Raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo, o recibos de pagos de salarios.
III.- Controles de asistencia cuando se lleven en el centro de trabajo.
IV.- Comprobantes de pago de participación de utilidades, de vacaciones y de aguinaldos, así como las primas a que se refiere esta Ley, y pagos, aportaciones y cuotas de seguridad social.
V.- Los demás que señalen las Leyes.
Los documentos señalados en la fracción I, deberán conservarse mientras dure la relación laboral y hasta un año después, los señalados en las fracciones II, III y IV durante el último año y un año después de que se extinga la relación laboral y los mencionados en la fracción V conforme lo señalen las Leyes que los rijan. (de acuerdo a la Ley Federal de Trabajo)
Artículo 805.- El incumplimiento a lo dispuesto por el artículo anterior, establecerá la presunción de ser ciertos los hechos que el actor exprese en su demanda, en relación con tales documentos salvo la prueba en contrario.
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martes, 8 de septiembre de 2015
Iniciativa Fiscal 2016
Iniciativas
Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de la Ley de Impuesto sobre la
Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/63/2015/sep/20150908-C.pdf
http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/63/2015/sep/20150908-C.pdf
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