Sujeto.- Quien está obligado a pagar el tributo (contribuyente o responsable solidario) CFF art 2.
Objeto.- El hecho, acto o actividad que origina la obligación tributaria (el hecho imponible) CFF art. 1
Base.- El monto o cantidad sobre el cual se calcula el tributo CFF art. 3
Tasa o Tarifa.- La cuantía de lo que se debe pagar (porcentaje o cantidad fija) CFF art. 3
Como elementos complementarios:
Época y Lugar de pago.- Cuándo y dónde se paga.CFF art. 4
Para contextualizar, el derecho tributario clasifica las normas en tres grandes grupos:
1. Normas de imposición tributaria definen el hecho imponible, es decir, los elementos que se mencionan (sujeto, objeto, base, tasa o tarifa).
2. Normas de gestión tributaria regulán cómo se administra el tributo (inscripción en el RFC, declaraciones, comprobación, recaudación).
3. Normas de conflicto tributario regulan las infracciones, sanciones, recursos administrativos y procedimientos ante las autoridades.
Sin un hecho imponible (objeto), un sujeto pasivo, una base y una tasa o tarifa, no existe tributo. Por eso toda Ley Fiscal debe contener estos cuatro elementos, si le falta alguno, la contribución carece de validez jurídica.
En base lo anterior en la Tesis IX-P-1aS-92
Rubro: CONTRIBUCIONES FISCALES, SU CAUSACION DERIVA DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LAS LEYES TRIBUTARIAS Y NO ASI DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE PARTICULARES..
En su ultimo parrafo menciona que la voluntad del legislador la que rige la materia tributaria y no la de las partes que celebran un contrato.

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