Para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo del CFF y 14 de su Reglamento, cuando el pago de
contribuciones y sus accesorios se efectúe mediante cheque certificado, de caja
o personal de la misma institución de crédito ante la cual se efectúa el pago,
se estará a lo siguiente:
I. El
pago se entenderá realizado en las fechas que se indican a continuación:
a) El
mismo día de la recepción de los ingresos federales, cuando el contribuyente
realice el pago en día hábil bancario y dentro del horario de atención del
servicio u operación de que se trate.
b) El
día hábil bancario siguiente al de la recepción de los ingresos federales,
cuando el contribuyente realice el pago en días inhábiles bancarios, sábados o
domingos y el banco le otorgue la fecha valor del día hábil bancario siguiente.
II. Los cheques deberán contener
las inscripciones siguientes:
a) En el anverso, según sea el caso:
1. "Para abono en cuenta
bancaria de la Tesorería de la Federación".
2. Tratándose de
contribuciones que administren las entidades federativas: "Para abono en
cuenta bancaria de (nombre de la tesorería u órgano equivalente)".
3. Tratándose de aportaciones
de seguridad social recaudadas por un organismo descentralizado: "Para
abono en cuenta bancaria del (nombre del organismo)". En este caso se
deberá anotar, además, el número del registro del contribuyente en el organismo
de que se trate.
b) En el reverso, según sea el caso:
1. "Cheque librado para el pago de
contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente)
con clave en el RFC. Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la
Federación".
2. Tratándose de contribuciones que administren
las entidades federativas: "Cheque librado para el pago de contribuciones
federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con clave en el
RFC. Para abono en cuenta bancaria de (nombre de la tesorería u órgano
equivalente)".
3. Tratándose de aportaciones de seguridad
social recaudadas por un organismo descentralizado: "Cheque librado para
el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del
contribuyente) con clave en el RFC. Para abono en cuenta bancaria del (nombre
del organismo)".
CFF 20, RCFF 14
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